Paco Picó secretario general del PSPV-PSOE Monóvar, anteriormente imputado por el asunto de las cartas amenazantes, ahora también está imputado por la querella presentada por José Ginés e Isidro Tendero.
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| Paco Picó (izq.), y los querellantes José Ginés (arriba) e Isidro Tendero |
Un auto del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Novelda, señala que tras practicar las diligencias instructoras, "se desprende la existencia de indicios racionales de criminalidad que permiten con la provisionalidad propia del momento procesal en que nos hallamos, imputar a Francisco Picó Gimeno" una serie de manifestaciones que "realizó el querellado con la intención de ofender o de perjudicar al honor de los políticos del grupo de gobierno y, en especial, al Sr. José Ginés y el Sr. Isidro Tendero".
Cabe recordar que estas declaraciones por parte de Paco Picó, no se formularon en "periodo de campaña electoral ni en contienda alguna de carácter público y realizando las mismas sin saber de forma segura que se estaban cometiendo los delitos que se imputan".
El escrito de la querella presentada por José Ginés e Isidro Tendero señalaba que las declaraciones "pueden ser tildadas de calumniosas, atentando contra el honor de los mismos, en aras de difamar su imagen publica y logrando desacreditar personal y profesionalmente su buen nombre y fama".
El juzgador "considera que existen indicios racionales de criminalidad atendiendo a las diligencias practicadas". Por ello, "pudiendo ser los hechos delictivos investigados constitutivos de un delito de calumnias o de injurias con publicidad, se acuerda la continuación de las presentes diligencias previas".
En el escrito del letrado de los querellantes se recoge, como calificación que los hechos son "constitutivos de un delito de calumnia con publicidad", y según la legislación vigente se solicita "un castigo con pena de prisión de un año y medio, además de una indemnización para los querellantes de 60.000 euros".
